Inicio
- Extranjería
- Certificado de residente
Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión

Los ciudadanos de un Estado miembro de la U.E. o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el E.E.E. que van a residir en España por un periodo superior a tres meses, están obligados a solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente, su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro.
¿Qué es?
Es el documento que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que van a residir en España por un periodo superior a tres meses.
¿Quiénes son los interesados?
Ciudadanos de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de la Confederación Suiza.
Periodo de validez
Una vez que haya residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años, a petición del interesado, se expedirá un certificado del derecho a residir con carácter permanente.
(Art. 10 Real Decreto 240/2007)
¿Cuál es el importe o la cuantía?
Modelo de tasa 790, código 012.
Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación del documento de ingreso
¿Como se gestiona?
Personalmente en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España
Modelo de solicitud
Solicitud de Certificado de registro como residente comunitario.
¿Dónde se presenta la documentación?
Ante la Oficinas de Extranjería de la provincia donde el interesado pretenda permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisarías de Policía
correspondiente
Documentos: Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor, así como la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigibles para la inscripción establecidos en el art. 7 del Real Decreto 240/2007. En el supuesto de que dicho documento esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: DERECHOS, LIBERTADES Y RELACIONES CIVILES
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
Por competencia propia:
- Dirección General de la Policía
Plazo máximo para resolver y notificar: Expedición de forma inmediata.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
Normativa que regulan el silencio administrativo:
- LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
Recursos que se pueden interponer:
- Reposición
- Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.
- Plazo de interposición del recurso: 1 mes
- Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.
- Contencioso - Administrativo
- Órgano que resuelve el recurso:
- Juzgado Contencioso - Administrativo.
- Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo; Salas de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
- Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional;
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
- Juzgado Contencioso - Administrativo.
- Plazo de interposición del recurso: 2 meses desde la notificación
- Órgano que resuelve el recurso:
Normativa:
- REAL DECRETO 240/2007 sobre entrada libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Código del procedimiento: 994234